Aprovechando la ampliación de capital de 499 millones de euros realizada por Liberbank S.A., vamos a explicar las distintas operaciones que pueden realizar tanto aquellas personas que ya poseían acciones de la entidad como los nuevos inversores.
Antes de comenzar con las explicaciones, se ha de tener en consideración los distintos datos utilizados para los cálculos efectuados relevantes a la ampliación de capital y a la acción en sí.
Derechos | 1 por acción antigua |
Ecuación de canje | 41 nuevas / 19 antiguas |
Precio de emisión de acciones nuevas | 0.250 € |
Cotización del derecho | 0.312 € |
Cierre anterior | 0.707 € |
Cierre posterior | 0.394 € |
Accionistas
Un accionista que posee en su cartera un total de 190 acciones de Liberbank, tendría tres caminos distintos a escoger; no acudir a la ampliación y vender los derechos, acudir a la ampliación o, por último, realizar una “Operación Blanca”.
1. Si el accionista se decanta por no acudir a la ampliación, éste perderá participación dentro de la empresa (se diluye), pero recibirá en efectivo lo que el mercado le pague por los derechos no ejercidos.
Derechos | 190 |
Efectivo por venta de derechos | 59.33 € |
Valor de las acciones que mantiene | 74.99 € |
Dilución sobre participación anterior | -56 % |
Por lo tanto, el patrimonio del inversor en este caso estaría constituido por el efectivo percibo tras la venta de los derechos más el valor de las acciones de Liberbank a precio posterior a la ampliación llegando a un valor de 134.33€. Mediante esta operación el accionista pierde un total de 56% de su participación en la empresa por no suscribirse a la ampliación de capital.
2. El segundo camino que el accionista puede escoger es el de acudir a la ampliación. El inversor que posee 190 acciones de la entidad podrá adquirir 410 nuevas acciones al precio de emisión de las nuevas, gracias a los derechos de suscripción.
Acciones antiguas | 190 | 0.394 € | 74.99 € |
Acciones nuevas | 410 | 0.25 € | 102.5 € |
Valor total en acciones | 600 | 0.394 € | 236.83 € |
Dilución sobre participación anterior | 0 % |
En este caso observamos que el valor total de las acciones es de 236.83 € pero el patrimonio del inversor, al igual que en el primer caso, se sitúa en 134.33€ debido al desembolso de efectivo de 102.5€ por la compra de las nuevas acciones. Al acudir a la ampliación de capital el inversor no ha perdido participación dentro de la empresa, sin presentar dilución alguna.
3. La última posibilidad del accionista es la de realizar la denominada “Operación Blanca”. Realizando esto, el accionista pretende vender una cantidad de derechos y utilizar estas ganancias para suscribir los restantes adquiriendo así nuevas acciones sin la necesidad de aportar dinero propio. Por lo tanto, es una combinación de las dos opciones anteriores.
Precio del derecho de suscripción | 0.312 € |
Número de derechos | 190 |
Acciones nuevas por derechos | 41 nuevas / 19 antiguas |
Precio de emisión | 0.25 € |
Derechos a vender | 120 |
Valor total de las acciones | 134,08 € |
Dilución sobre participación anterior | – 43 % |
Teniendo en consideración el precio de suscripción, el número de acciones que se pueden adquirir por los derechos que el inversor posee y el precio de emisión de las nuevas acciones, obtenemos que el número de derechos que el inversor debería vender es de 120 a un precio de 0.312€. Con el restante de 70 derechos, puede adquirir un total de 150 acciones nuevas a un precio de 0.25€, pagando exactamente 37.58€ es decir las ganancias generadas por las ventas de los 120 derechos. De esta forma el inversor ha conseguido acudir a la ampliación de capital sin necesidad de desembolsar dinero propio y a pesar de que su participación se diluye, no lo hace de una forma tan elevada como la de no acudir a la ampliación.
No accionistas
Para los inversores que no son accionistas de la entidad bancaria y estén interesados en adquirir por ejemplo 190 acciones, hasta el 10 de noviembre existen dos posibilidades.
La primera de ella es la compra directa de acciones al precio de cotización de mercado. Es decir, si se quieren adquirir 190 acciones se pagarán 0.394 € la acción desembolsando un total de 75€.
La otra opción es la adquisición de acciones mediante la compra de derechos. Si seguimos interesados en adquirir 190 acciones el inversor deberá comprar 88 derechos a un precio de 0.312€ con un coste de 27.50€. A continuación, esos derechos le dan la potestad de adquirir 190 acciones a un precio de 0.25 € la acción pagando por ellas un total de 47.5 €.
Vemos que el coste total de la operación es igual al de la compra de acciones directas en el mercado, es decir de 75€. Esta igualdad viene por el precio del derecho. Por lo tanto, en caso de que el precio del derecho se reduzca saldría más rentable para el inversor adquirir las acciones mediante esta operación pasando lo contrario si el precio de los derechos sobrepasa el valor de 0.312€.
A fecha de 2 de noviembre el precio de cotización de los derechos está a 0.396 euros, si se adquiriesen los 19 derechos y comprásemos con ellos las 41 acciones equivalentes a 0.25 € existiría poco margen en cuanto a elegir una opción o la otra ya que la acción cotiza a 0.44 euros. Si por el contrario el derecho alcanzara un precio de 0.38€ sería más rentable para el inversor comprar derechos y después suscribirlos independientemente de si este es accionista o no.